Pariarias 2010
Paritaria firmada en el día de la fecha por Federación de Profesionales del GCABA y la Asociación de Médicos Municipales.14/Abril/2010
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Repudio a la Resolución Nº 2818/09 MJGGC-MHGC/09
Resolución 2818/09
Habiendo tomado conocimiento de la Resolución Nº 2818/09 MJGGC-MHGC/09, el Consejo Ejecutivo de la Federación de Profesionales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires repudia el contenido de la norma en la cual se establece para la evaluación del personal de Planta del Escalafón General y Contratados cupos para la calificación de Personal, mediante una escala que exige posicionar resultados del 5 % insatisfactorios y otro 5 % poco satisfactorio en los evaluados.
La misma resulta discriminatoria y absurda dado que de antemano determina cuantas personas deben ser descalificadas atentando contra la buena fe que debe prevalecer en las relaciones laborales y fomentando reglas de juego contrarias a la ética el trabajo y a la solidaridad social de la cual el Sector Público se enorgullece.
Entendemos que esta insólita Resolución:
Promueve conductas anticonstitucionales que afectan la dignidad humana y viola el Art.14 Bis de la Constitución Nacional atacando la estabilidad del empleo público.
No favorece el trabajo decente.
Genera reglas de juego contrarias a la ética del trabajo y a la solidaridad social.
Los empleados públicos del Gobierno de la C.A.B.A. conocemos nuestros deberes y nuestros derechos y repudiamos actos que pretenden intimidarnos. Todo lo contrario, siempre tenemos presente nuestro carácter de funcionarios públicos que nos obliga a llevar a conocimiento de la superioridad todo acto o procedimiento que pudiere causar perjuicio al Estado o configurar un delito.
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Consejo Ejecutivo
21/01/10
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Módulos Asistenciales 2009
Resolución 2033
La Resolución 2033 del GCBA, establece la paulatina transformación de los módulos asistenciales en 1400 prolongaciones horarias y 1000 nombramientos genuinos Con esta medida, se acaba con cierta precarización laboral a excepción del los contratos que aun se mantienen fuera de la planta.
Los Ministerios de Hacienda y Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires produjeron la Resolución Nº 2033, que en su artículo primero dispone la creación de cargos de ejecución de acuerdo a lo establecido en el artículo primero del Decreto 495.
La resolución señala que estos cargos deberán ser cubiertos de acuerdo a lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales.
En el artículo segundo se señala que las designaciones resultantes de los concursos “no podrán exceder los diez días a partir de la fechas de las correspondientes disposiciones que las aprueban”.
El artículo tercero establece la ampliación de las horas semanales de 30 a 40 a partir del 1 de Agosto de 2009.
El artículo cuatro aclara que tanto los cargos como las extensiones horarias se financiarán con los créditos presupuestarios liberados como resultado de la suspensión de los llamados módulos asistenciales.
En el artículo cinco se dispone que los módulos se reducirán gradualmente, a medida que se formalicen los cargos
Como punto de cierre la totalidad de las designaciones deberán estar finalizadas antes del 30 de noviembre de 2009.
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RESOLUCION Nº 45 - DECLARACION JURADA PLURIEMPLEO
En la Paritaria sectorial realizada el día 15 de Setiembre, se resolvió que momentáneamente no se debe completar la Declaración Jurada exigida por la Resolución Nº 45-SUBRH-2009 en función de una presentación efectuada oportunamente.
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Módulos Asistenciales
Decreto 495 - Fecha: 04/06/09
Informamos que los módulos asistenciales pasan a cargos genuinos, es decir, los profesionales que tienen suplencia de guardia y realizan tareas en planta.
Los profesionales que tienen cargos de ejecución y realizaban módulos asistenciales deben pedir prolongación horaria con un máximo de 40 hs. semanales.
Se deberán realizar las selecciones correspondientes para la cobertura de estos nuevos cargos.
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Sumas NO Remunerativas
Reconocidas por la Justicia
La Justicia porteña en lo Contencioso Administrativo y Tributario ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que abone con retroactividad a un profesional de salud (empleado) el aguinaldo incluyendo los adicionales no remunerativos y que por dichas sumas haga los aportes a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), a fin de que no disminuya su futura jubilación.
De acuerdo a esta sentencia y con la posibilidad de generalizarse estas demandas judiciales, nuestro empleador estaría acumulando un pasivo importante por los beneficios laborales no pagados y las contribuciones omitidas.
A continuación, se puede leer la cobertura sobre el tema en dos articulos publicados en diario Clarin.
Clarin 11-07-2009
Clarín 13-07-2009
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Desregulación ObSba
Decreto 377/09
Se reglamenta la libre opción de obra social prevista en la Ley N° 3021
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Libre Elección Restringida
Decreto 377/09
La Legislatura porteña sancionó la desregularización de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA), que permite, desde el 1 de abril, la libre opción de todos los empleados del GCBA hacia otra entidad prestadora de Servicios de Salud.
Actualmente la obra social de los trabajadores porteños dispone de 120 mil afiliados activos, a los que se suman unos 160 mil familiares y 70 mil jubilados, lo que hace un total de 350 mil beneficiarios.
El 10 de marzo cesó su intervención dispuesta hace un año y el lunes 1 de Abril asumió la conducción de la ObSBA, un directorio integrado por cuatro representantes del GCBA, Sutecba dispondrá de cuatro cargos, otros dos lugares corresponden al gremio docente y a la Asociación de Médicos Municipales.
Según la ley, las obras sociales que reciban a los afiliados de ObSBA “están obligadas a recibir a los trabajadores cualquiera sea su nivel salarial, brindando las mismas prestaciones que otorgan a sus afiliados de origen”. La ley sería reglamentada en el lapso de 60 días de su aprobación.
La reglamentación permitirá conocer cuales son las Obras Sociales que recibirían a los afiliados salientes de la Obra social Municipal y las condiciones de permanencia en la misma.
A continuación, se puede leer la cobertura sobre el tema de los dos diarios de mayor tirada de la República Argentina.
LA NACION 13/03
CLARIN 13/03
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Acta Paritaria
N° 34/08
Respecto a la siguiente resolución, el Acta
Paritaria Nº 1/08 de la Federación de
Profesionales del GCABA adscribe al Acta
Paritaria Nº 34/08 de la Asociación de
Médicos Municipales.
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Recomposición Salarial
27.22% PARA TODAS LAS CATEGORIAS
A Percibir:
10% Marzo de 2008
9.5% Julio de 2008
6.5% Noviembre 2008
Reformulación de los suplementos del Sector Urgencia y tratamiento diferencial para los profesionales que cumplan la función los días Sábado, Domingo, Feriado y No Laborables retroactivo al 01/03/08.
Readecuación del suplemento por Conducción.
Residencias y otros suplementos.
Sistema Complementario de Jubilación ( en estudio )
Prolongación horaria para los cargos de Ejecución de acuerdo a las necesidades asistenciales de cada efector.
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