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Despenalización de la marihuana: las Asociaciones opinan

Para algunos, este fallo histórico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, representa una amenaza, un peligro para la sociedad; para otros, la mayoría, es un avance en el respeto por las libertades individuales. Para enriquecernos sobre este tema le pedimos la opinión sobre el mismo a la Asociación de Profesionales en Servicio Social de la MCBA y a la Asociación de Psicólogos del GCABA.

Asociación de Profesionales en Servicio Social de la MCBA (APSS)

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Por: Comisión Directiva.

La APSS expresa, en principio, su conformidad con el fallo de la Suprema Corte que despenalizó el consumo personal de marihuana, en la medida en que dicho fallo limita su alcance  al consumo en situación de privacidad, en adultos y sin la presencia de menores. Visto así, el dictamen  rescata la defensa de la libertad individual mientras no se perjudique a terceros ni se convierta en un acto  público.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dijo que es inconstitucional castigar a una persona adulta por tener y consumir marihuana si no pone en peligro a terceros. Y que hay que proteger la libertad personal. Dispuso: “Exhortar a todos los poderes públicos a asegurar una política de estado contra el tráfico ilícito de estupefacientes y a adoptar medidas de salud preventivas, con información y educación disuasiva del consumo, enfocada sobre todo en los grupos más vulnerables, especialmente los menores, a fin de dar adecuado cumplimiento a los tratados internacionales de derechos humanos suscriptos por el país”. Los jueces votaron en forma unánime.

De todas maneras, creemos que el énfasis debe ponerse en instalar en la agenda pública una política de prevención y de estricto control del narcotráfico. El punto débil de este fallo quizá es no ser absolutamente explícito en aclarar que se limita a una única sustancia, la marihuana, consumida en forma privada y por adultos, y que el sentido del fallo debería ser quitar la mirada de la sanción para poner el acento en la prevención y el tratamiento del consumidor.

También debiera ser absolutamente explícito en aclarar que esto no significa la despenalización del consumo de estupefacientes y que, salvo el caso puntual de la marihuana, el resto de las drogas ilícitas no están admitidas.

Asociación de Psicólogos del GCABA (AP)

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Por: Lic. Carlos Herbon (Centro Carlos Gardel del GCABA)

La penalización de la tenencia de drogas ilegales para consumo personal, introdujo más complicaciones que soluciones, sobre todo en lo que atañe particularmente a nuestra práctica profesional, como psicólogos, en ese universo de saber  que denominamos “Salud Mental”.  La lógica desde la cual fue planteada la lucha contra las drogas, hizo del consumidor un campo de batalla entre facciones, que solo pudo ser llevada a cabo a condición del arrasamiento subjetivo de los consumidores. La cuestión estuvo puesta más en señalar al consumidor como el eslabón más vulnerable dentro de la cadena del narcotráfico, y por lo tanto, como cabecera de playa para hacer pié en el territorio donde tienen lugar las transacciones, que en una preocupación por las alteraciones negativas de la salud, temática esta que fue usada más como excusa para esconder el verdadero sentido de la ley, que como una preocupación por el cuidado de los que pudieran estar afectados por el consumo.

Ese “arrasamiento” operado desde el discurso jurídico no solo debía actuar sobre los sujetos en cuestión, sino que requería del corrimiento, o  la complicidad, de otros discursos que amparados en su abulia o “vagancia intelectual”, se abstuvieron de pensarlo desde la autonomía construida desde su propio saber e idoneidad. De ello se derivó ese extraño matrimonio por conveniencia que se consagró entre conceptos tan impregnantes socialmente como el de enfermedad y delito. “Encerrona trágica” decía Ulloa cuando hacía referencia a la ausencia de un tercero que prestara testimonio. Desde esta lógica, un consumidor no puede dejar de ser otra “cosa” que enfermo o delincuente, construyendo una simbiosis intoxicante, un sin salida que deja “duro” (y no de cocaína) al sujeto del acto de consumir. De este modo el consumidor está “irremediablemente” fuera de la ley, no tanto por una transgresión activa por parte del mismo, sino por el destino irrevocable que contiene en su seno la representación misma que se construye sobre él. Justamente, la simbiosis que imposibilita la entrada de un tercero, se constituye bajo la pretensión de existir por fuera de esa ley.

Obsérvese que estar por fuera de la ley, es no tener ningún lugar. De hecho, ocurre en las apreciaciones que lo referencian, los lugares institucionales, sociales, familiares, etc. Son refractarios a hacerles lugar. Las adicciones, es decir los usuarios de drogas de los que se dicen que “son todos adictos”, no tienen lugar, no se les hacen lugar. Y las instituciones públicas de salud no son ajenas a esto.

Por otro lado, este ordenamiento del problema bajo la premisa de un  hecho punible, disciplinó a los diferentes actores que pretendieran incidir en él, atándolos a esa significación.

Algunos observables que dan cuenta de esta afirmación, se pueden rastrear en las constantes expulsiones a las que fueron sometidos los usuarios problemáticos de drogas, toda vez que debieron recurrir al sistema hospitalario para su atención: “acá no se atienden adictos”, algunos incluso con obscenos carteles que contenían dicha afirmación, lucidos en la puerta de los servicios. Son incluso motivo de extraños diagnósticos como “patologías duales”. Otros, derivando a todo paciente neurótico o psicótico que mencionara que había probado o consumido alguna sustancia, instituyendo una nueva categoría de paciente, por supuesto, molesto, incomprensible, insoportable, inagarrable, e incluso interpelador de nuestro saber académico. Extrañamente, el sujeto consumidor se constituyó en un agente inhabilitante, a raíz de esa presentación novedosa e inquietante en la que los sujetos de este tiempo traen su cuestión.

El sistema de salud se recostó sobre la solución jurídica para des responsabilizarse de su hacer, para esconder apasionadamente su ignorancia, antes que constituirla como oportunidad para advertir en esa singularidad particular en la que se presentan, cuestiones que hacen a las claves para entender los ejes sobre los que se constituyen las subjetividades de la época que nos toca atravesar.

Sin  dudas, para nosotros trabajadores de la salud, en el ámbito de la psicología, la despenalización de la tenencia de marihuana para consumo personal, es una oportunidad, un soplo de aire fresco, que nos permitirá reintroducir el tema de las adicciones en el ámbito de la Salud Mental. Dije de las adicciones, no de los consumos.
Oportunidad inmejorable para poder discriminar la demanda que se nos hace desde otros ámbitos, con preocupaciones legítimas seguramente, pero que no han de encontrar soluciones que nuestro hacer no puede dar. ¿Discriminarla de qué? De la que puede construir quien se presenta ante nosotros para pedirnos ayuda desde la suposición que hace de nuestro rol acerca de que sabemos de qué se trata, que algo de lo que sabemos (y que ignoramos por suerte) puede ayudarlo.

Para nuestra vergüenza, el campo de las adicciones recibió como herencia lo peor de aquello que hoy podemos llamar la manicomialización. Palabra y lugar difícil si los hay. De allí lo de “peligroso”, “incapaz”, “inhábil” etc. Significantes que no forman parte de ningún diagnóstico sino de formas de segregación y expulsión social.

Hay que saludar fervientemente la sentencia de la corte que (posible de deducir de ello) nos devuelve al lugar de donde nunca debiéramos haber salido, el lugar de nuestra experticia, de nuestro saber. Solamente tomando ese lugar nuevamente, será posible que le hagamos algún lugar a las personas que (puedan o no pedirlo) nos interpelen para que los ayudemos en su doble sufrimiento, aquel que está causado en los conflictos propios y singulares de cada historia, y el del fracaso de las soluciones que construimos para dejar de sufrir, entre ellas, el consumo de drogas.

 

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